A- de 2024
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Julio Enrique Paba Coronado Mediante Apoderado·Demandado Unidad Administrativa Especial De Atencion Y Reparacion Integral A Victimas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito Judicial de Barrancabermeja y el Juzgado Único Laboral del Circuito de El Banco (Magdalena).
Encontró la Corte que en este caso se presentó un conflicto aparente, en la medida en que los despachos involucrados tuvieron discrepancias respecto de la naturaleza de la acción presentada.
La primera autoridad consideró que se trataba de una solicitud de incidente de desacato o cumplimento a lo ordenado en un fallo de tutela, mientras que la otra, consideró que era una nueva acción de tutela.
Se resuelve el asunto con la remisión del expediente al Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito Judicial de Barrancabermeja, para que, de manera inmediata, dé trámite a la solicitud de amparo deprecada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 24 de noviembre de 2023, proferido por el Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito Judicial de Barrancabermeja, en el que declaró su falta de competencia para conocer la acción de tutela formulada por el señor Julio Enrique Paba Coronado en contra de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV).
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4566 al Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito Judicial de Barrancabermeja, para que, de manera inmediata, dé trámite la referida acción de tutela.
- TERCERO. Por la Secretaría General de esta corporación, COMUNICAR la presente decisión al accionante y al Juzgado Único Laboral del Circuito de El Banco (Magdalena).
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.